El Gobierno ha aprobado el Real
Decreto-Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo al crecimiento y a la creación
de empleo, con el objetivo de promover e incentivar la contratación de jóvenes
menores de 30 años y mayores de 45 años, y el emprendimiento.
Principales líneas:
Tarifa plana de 50 euros en la
cotización a la Seguridad Social:
- Para nuevos autónomos menores de 30 años que inicien una actividad
por cuenta propia durante los primeros 6 meses.
- Durante los 6 meses siguientes, se aplicará una reducción en la
base mínima de cotización del 50%, tras los cuales, y durante los 18 meses
siguientes, una reducción y una bonificación de un 30%.
- Aplicación en los 12 primeros meses de cotización como autónomos de tarifa plana de 50€ a personas con discapacidad. Los cuatro años siguientes, se le aplicará una bonificación del 50% de la cuota.
Compatibilización de la prestación
por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia
- Durante un máximo de 9 meses, la percepción de la prestación por
desempleo será compatible con la situación de alta en el Régimen Especial
de Trabajadores Autónomos, para menores de 30 años.
Ampliación de la capitalización
del desempleo para iniciar una actividad emprendedora
- Los beneficiarios de prestaciones por desempleo, menores de 30
años, podrán capitalizar hasta el 100% de su prestación para realizar una
aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre y cuando
se establezca una vinculación profesional o laboral de carácter
indefinido.
- La capitalización de la prestación por desempleo podrá utilizarse
para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información, así
como para cubrir los gastos de constitución de una nueva sociedad.
Reanudación del cobro de la
prestación por desempleo
- Si un desempleado decide iniciar una actividad por cuenta propia
y en el plazo de 5 años causa baja, podrá reanudar el cobro de la
prestación a la que tenia derecho.
Mejora de la intermediación
laboral
- Impulso con las Comunidades Autónomas a la colaboración público-privada
para la intermediación en el ámbito de los servicios públicos de empleo.
- Portal Único de Empleo que facilite la búsqueda de empleo y donde se
alojará toda la información de utilidad para orientar a los jóvenes y
poner a su alcance las herramientas que faciliten la búsqueda de empleo o
el inicio de una actividad empresarial.
Estímulos a la contratación de los
jóvenes hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%
- Reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social en un
75% para empresas de más de 250 trabajadores y del 100% para el resto,
para la contratación a tiempo
parcial con vinculación formativa para menores de 30 años
sin experiencia laboral previa, que provengan de sectores donde no haya
demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de 12
meses.
- Los autónomos y las
empresas de hasta 9 trabajadores se beneficiarán de una
reducción del 100% de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por
contingencias comunes durante el primer año cuando contraten de forma
indefinida a un desempleado menor de 30 años (incentivo por el primer
contrato que realicen tras la entrada en vigor de la norma).
- Contrato “primer empleo
joven”: modificación del actual contrato eventual para
contratar a menores de 30 años desempleados sin experiencia profesional
previa, con incentivos a su trasformación en indefinido (bonificación de
500 euros/año durante de 3 años o 700 euros si se suscribe con mujeres).
- Se incentiva el contrato
en prácticas para el primer empleo, con el fin de que los
jóvenes que han terminado su periodo formativo, puedan tener una primera
experiencia laboral vinculada a su titulación. Se establecerá una
reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por
contingencias comunes de hasta el 50%.
- Se promueve la contratación
de personas con experiencia para su incorporación a nuevos
proyectos de emprendimiento joven.
Incentivo a la contratación indefinida
cuyo objetivo es estimular a los jóvenes autónomos menores de 30 años a
contratar a un desempleado de larga duración, mayor de 45 años, que pueda
ofrecer a la actividad la experiencia necesaria. Consiste en una reducción de
la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes del
100%, durante el primer año de contrato.
Incentivos a la contratación en
entidades de la Economía Social
- Bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (800€/año)
por la incorporación de menores de 30 años a las cooperativas y a las
sociedades laborales en calidad de socios trabajadores.
- Bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (800€/año) por la contratación de desempleados jóvenes menores de 30 años y en riesgo de exclusión social a través de las empresas de inserción.
DEPARTAMENTO LABORAL: Carmina Boix Aloy
No hay comentarios:
Publicar un comentario