miércoles, 9 de enero de 2013

MEDIDAS TRIBUTARIAS - I.R.P.F. 2013

La Ley 16/2012 introduce medidas en el ámbito tributario con el fin de consolidar las finanzas públicas, corrigiendo los desequilibrios de la economía española, y medidas adicionales a las ya tomadas durante 2012, para reforzar y complementar la fijación de las bases de una recuperación económica estable y duradera.


IMPUESTO SOBRE LA RENTA: A partir del 1 de enero de 2.013
  1. Se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual. Podrán seguir aplicando esta deducción: los contribuyentes que hubieren adquirido su vivienda con anterioridad a 1 de enero de 2013, las cantidades depositadas en cuentas viviendas aperturadas con anterioridad a esta fecha y con una antigüedad inferior a 4 años, y los que hubieran satisfecho cantidades para rehabilitación, ampliación o realización de obras e instalaciones de adecuación de vivienda de las personas con discapacidad con anterioridad a 1/1/2013 y cuyas obras estén concluidas antes del 1 de enero de 2017.
  2. Se suprime la exención de IRPF de los premios de la Lotería Nacional del Estado y Comunidades Autonómas, ONCE, Cruz Roja Española, y entidades análogas. Los primeros 2.500€ están exentos. Se crea un gravamen especial del 20%, estarán sujetos a retención y se liquidará mediante autoliquidación. 
  3. Se consideran Rentas del Ahorro las ganancias y pérdidas patrimoniales producidas por transmisión de elementos patrimoniales que hubiesen permanecido más de un año en el patrimonio del contribuyente. Si hubieran permanecido menos de un año se integrarán en la Base Imponible General, compensándose entre sí las pérdidas y ganancias si el saldo es positivo y si fuere negativo se compensarán con el resto de renta general y con el limite del 10% de dicho saldo, compensándose en los 4 años siguientes el saldo pendiente si lo hubiere.
  4. Las retribuciones en especie derivadas de la utilización de vivienda que no sean propiedad de la empresa se valorarán por el coste del alquiler asumido por el empleador, no pudiendo ser inferior al 10% del valor catastral (5% si está revisado). La valoración no podrá exceder del 10% de las restantes contraprestaciones del trabajo.
  5. Se prorroga para el 2013 la reducción del 20% del rendimiento neto de actividades económicas cuando el contribuyente mantenga o cree empleo respecto a la plantilla media del ejercicio 2008, siempre que la cifra de negocios sea inferior a 5 millones de euros y la plantilla media inferior a 25 empleados. Límite de la reducción: 50% de las retribuciones satisfechas al conjunto de trabajadores.
  6. Gastos e inversiones de formación para utilización de nuevas tecnologías de la comunicación y de la información: se prorroga la deducción por gastos de formación del 5% en el IRPF e IS

DEPARTAMENTO FISCAL: Inmaculada Sastre y Carpena

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