lunes, 2 de enero de 2012

TIPO INTERES LEGAL DE DEMORA EN OPERACIONES COMERCIALES


 Resolución de 27 de diciembre de 2011, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/31/pdfs/BOE-A-2011-20638.pdf


A efectos de la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, se aprueba el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el primer semestre natural de 2012  que será el 8,0%.

DEPARTAMENTO FISCAL DE SOCIEDADES: Inmaculada Sastre y Carpena


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