Bases de cotización del Régimen General de la
Seguridad Social para 2012
La prórroga de
los Presupuestos Generales del Estado aprobada por el Gobierno en el pasado
Consejo de Ministros supone que las bases de cotización del Régimen
General de la Seguridad Social para 2012 sean las mismas que las de
2011. Excepto las bases máximas que experimentan un incremento del 1%.
El Gobierno ha
manifestado su intención de modificar estos Presupuestos, si fuera necesario,
en torno al mes de marzo, una vez que se tengan más datos sobre la evolución de
las cuentas del Estado, por lo que estos importes podrían modificarse.
Las bases
de cotización mínimas para contingencias comunes quedan fijadas
entonces de la manera siguiente:
- Grupo de cotización 1 (Ingenieros y Licenciados y personal de alta dirección): 1045,20 €/mes.
- Grupo de cotización 2 (Ingenieros Técnicos,
Peritos y Ayudantes Titulados): 867,00 €/mes.
- Grupo de cotización 3 (Jefes Administrativos y
de Taller): 754,20 €/mes.
- Grupos de cotización 4, 5, 6 y 7 (Ayudantes no titulados, Oficiales Administrativos, Subalternos y Aux. Administrativos): 748,20 €/mes.
- La base mínima para la cotización diaria (grupos 8, 9, 10, 11) será de 24,94 €/día.
La base
máxima para todos los grupos se fija en 3.262,40 €/mes, para los
grupos desde el 1 al 7 y de 108,75 €/día para los de cotización diaria.
El resto de
conceptos que componen la cotización a la Seguridad Social, incapacidad
temporal, desempleo, FOGASA, etc., tampoco han
sufrido modificaciones.
DEPARTAMENTO LABORAL: Carmina Boix Aloy
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